Evaluación del trabajo con personas que cumplen sanciones penales en libertad, en Palma Soriano

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Palacio de Gobierno

Este 21 de abril de 2024, se desarrollará la Décimo Primera Sesión Ordinaria de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Palma Soriano (AMPP), en su XVIII Período de Mandato. Un día antes, se reunirán las Comisiones Permanentes de Trabajo (CPT) de la AMPP para evaluar aspectos de su competencia. Estas Comisiones son:

  • Atención a los Servicios y Trámites
  • Educación, Cultura, Deporte, Ciencia, Tecnología, y Medio Ambiente.
  • Agroalimentaria e Industrias
  • Salud Pública, Higiene Comunal y Recursos Hidráulicos.
  • Economía Global, Desarrollo Local, y legalidad
  • Construcción Vivienda y Ordenamiento Territorial
  • Órganos Locales del Poder Popular

El domingo, uno de los puntos a desarrollar en la Asamblea es el que exponemos a continuación:

EVALUACION DE LOS RESULTADOS DE TRABAJO EN LA ACTIVIDAD DE CONTROL, ATENCIÓN E INFLUENCIA A SANCIONADOS QUE CUMPLEN SANCIONES PENALES EN LIBERTAD Y BENEFICIOS DE EXCARCELACIÓN ANTICIPADA EN EL AÑO 2023.

La Constitución de la República de Cuba establece en sus artículos 60, 94, 95 y 151, que el Estado favorece en su política penitenciaria la reinserción social de las personas privadas de libertad, garantiza el respeto de sus derechos y el cumplimiento de las normas establecidas para su tratamiento en los establecimientos penitenciarios, y se ocupa de la atención y reinserción social de las personas que extinguen sanciones penales no detentivas o cumplen otros tipos de medidas impuestas por los tribunales.

En el Tribunal Municipal Popular hay designado un juez profesional, y su labor fundamental consiste en asegurar el cumplimiento de los objetivos de las sanciones y medidas de seguridad y, en especial, la reinserción social de las personas sancionadas y aseguradas, para que a través de este proceso de ejecución se eduquen en los principios de una actitud honesta ante el trabajo, el estricto cumplimiento de las leyes y el respeto a las normas de convivencia social, y en ese sentido debe coordinar y controlar en la demarcación territorial el debido cumplimiento de las sanciones alternativas de la privación de libertad, la remisión condicional de ésta, las medidas de seguridad postdelictivas y los beneficios de excarcelación condicionada, que estas personas deben cumplir en libertad, pero que están sujetas a obligaciones y limitaciones instituidas por la Ley. En ese sentido se realizan acciones de control, influencia y atención de forma integral y coordinada con la Policía Nacional Revolucionaria, la Dirección Municipal de Trabajo, y se establecen relaciones de coordinación e interacción con los representantes designados por el Ministerio del Interior, así como los integrantes del Sistema de Prevención, Asistencia y Trabajo Social del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, la Central de Trabajadores de Cuba, y las organizaciones de base de los Comités de Defensa de la Revolución, la Federación de Mujeres Cubanas, la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, así como los factores de los 20 consejos populares, con sus presidentes y delegados del Poder Popular.

El municipio empezó el año 2024 con un total de 271 sancionados sujetos a control judicial, con una disminución significativa de 108, en relación al 2023, pues solo se radicaron 150 expedientes; del total de controlados, a 172 les otorgaron el beneficio de excarcelación anticipada, libertad condicional, 15 sustitutivas por trabajo correccional con internamiento, 2 sustitutivas por limitación de libertad y 4 que fueron beneficiados con licencia extrapenal mientras que el resto cumplían sanción no privativa de libertad: entre éstos 26 sanciones de trabajo correccional sin internamiento y 52 limitación de libertad. Del total de sancionados, 24 son mujeres y 247 son hombres.

Entre los delitos considerados priorizados por el impacto social que tiene, 5 lo son por delitos de drogas; 16 sancionados por cometer hechos contra el ganado: 11 por robo o hurto de ganado mayor y 5 por sacrificio ilegal de ganado mayor; 26 por corrupción administrativa: de ellos 12 por malversación y 14 por cohecho; 15 por portación y tenencia ilegal de armas y explosivos, 3 por corrupción de menores, 29 por robo con violencia e intimidación en las personas, 54 por robo con fuerza en las cosas; 21 por hurto, 13 de estos efectuados en vivienda habitada; 2 por proxenetismo y 19 por homicidio, de ellos 7 del tránsito, entre otros de menor impacto.

De los 271 controlados existentes, culminamos el año con 11 sancionados no aptos para el trabajo, de los cuales 1 es ama de casa, 2 jubilados, 6 enfermos y 2 asistenciados, mientras que 260 están aptos, de estos 257 se encontraban ubicados laboralmente y 3 pendientes por ubicar: 2 enfermos, de ellos 1 con certificado médico. No se reportó ningún caso pendiente por ubicar por falta de empleo, ni ninguno incorporado al estudio, amén que solo tenemos 2 jóvenes con 20 años de edad.

En este período se trabajó intensamente en aras de garantizar la ubicación laboral adecuada de todos los controlados, fundamentalmente por los delitos priorizados y en la declaración de la aptitud laboral y en tal sentido reflejamos como retos:

  1. Reforzar las coordinaciones con las instituciones y organismos implicados en el control de los sancionados, a fin de garantizar un mejor seguimiento.
  2.  Fortalecer la gestión con la Dirección Municipal de Trabajo para asegurar la adecuada ubicación, reubicación y control de la permanencia de los sancionados en el empleo aprobado.
  3. Sostener el criterio de la excepcionalidad que requiere la autorización para la realización del trabajo por cuenta propia y otras formas no estatales de empleo, toda vez que en los centros laborales del sector estatal es donde está la estructura ideal para influir positivamente en la conducta de los sancionados y lograr su reinserción social.

No obstante a los resultados obtenidos, sabemos que el trabajo con relación a este tema aún no se encuentra en los peldaños que aspiramos y debemos continuar intensificando el trabajo conjunto PNR- MTSS- Tribunal, para el enfrentamiento al delito e ilegalidades que comenten algunos sancionados y detectarlo a tiempo es una de nuestras prioridades de trabajo para el año 2024.

Un momento de especial significación en la actividad de control durante el año 2023 lo tuvo la realización en los meses de abril, septiembre y octubre de tres ejercicios, dos de ellos de control integral a la totalidad de los controlados, con la activa participación de la Policía Nacional Revolucionaria y los factores administrativos y comunitarios que intervienen en la actividad de atención e influencia en los sancionados, y el último que abarcó a los sancionados por delitos contra el ganado mayor y de los incorporados a la entidad Servicios Comunales, eventos que tuvieron fuerte impacto en el universo de los condenados que se revertió en mayor y mejor cumplimiento de las obligaciones impuestas, los que arrojaron deficiencias que permitieron ajustar las estrategias de control en el municipio, que se concentraron en:  

En zonas de residencias:

1. Cambios de residencia, salida del municipio y la provincia sin la autorización del tribunal.

2. Malas relaciones con sus vecinos y familiares.

3. Ingestión frecuente de bebidas alcohólicas y alteración del orden, bajo sus efectos.

4. Relacionarse con personas controladas como potenciales delictivos,

5.  Deambulan en horas de la noche y madrugada por lugares proclives a la comisión de hechos delictivos o que han ocurrido hechos delictivos.

6.  Controlados sujetos a nuevos procesos penales

En centros o puestos de trabajo:

1.  Por parte de las entidades persiste la falta de comunicación de las entidades sobre las incidencias negativas de los sancionados, a pesar de que se les hace una presentación oportuna.

2.  Ausencias injustificadas, impuntualidad y desaprovechamiento de la jornada laboral.

3.  Cambio de puesto de trabajo y de centro, sin la debida autorización del juez y el funcionario de empleo.

4.   Abandono del empleo sin causa justificada.

En cuanto a la efectividad en el seguimiento y control y el perfeccionamiento del sistema de trabajo entre los involucrados en el debido control judicial, existen varias fisuras que hemos identificado y trabajado en ellas para superarlas, pues aun cuando hay activa participación de las diferentes organizaciones en la comparecencia inicial, momento cumbre en el control judicial, pues es donde se trazan las estrategias de control personalizadas, no se ha logrado llevar a la base esa necesaria intervención para eliminar las deficiencias y errores que determinan la falta de seguimiento de los controlados y, por ende, la impunidad.

Un aspecto a destacar resulta la interacción necesaria que se requiere alcanzar, en tiempos actuales, con las estructuras de prevención y asistencia social, no solo para interactuar con sus responsables en la retroalimentación de información en la caracterización de los controlados, sino para favorecer la participación activa y protagónica de jueces y asistentes en los espacios creados, esencialmente en los consejos populares, si no para trasladar allí los principales casos de controlados identificados con irregularidades en su conducta, para lograr la atención integral y sistemática de cada caso, en pos de disminuir las incidencias sociales y con ello la pertinente revocación de sanciones subsidiarias y beneficios de excarcelación, en pos de la establecida constitucionalmente reinserción social.

Sobre la intervención de los organismos en el control característico a estas personas, es meritorio destacar la estrecha coordinación con la Policía Nacional Revolucionaria y la Dirección de Trabajo Social, en la concertación de acciones conjuntas de verificación que bien tributaron a una mejor y más profunda caracterización de cada uno de los controlados, la que alcanzó su mayor esplendor durante los ejercicios integrales que se desarrollan en el año, situación diferente mostraron el resto de las organizaciones sociales y de masas, esencialmente los Comités de Defensa de la Revolución y la Federación de Mujeres Cubanas, Central de Trabajadores de Cuba y casi nula la participación de la ANAP, al margen de la voluntad de jueces y directivos del tribunal en la evaluación de estos aspectos, que requiere de una transformación definitiva, en pos de alcanzar mejores resultados para el control, la atención e influencia.

Ello demanda:

Para las organizaciones sociales y de masas (CDR, FMC, y ANAP):

  • Garantizar la presencia de los especialistas en la labor de prevención y atención social en los actos que sean convocados por el juez de ejecución.
  • Asignar un responsable para la atención diferenciada a cada sancionado.
  • Informar de manera oportuna las anomalías que estos presenten.
  • Conciliar y evaluar sistemáticamente el funcionamiento de la tarea, en cada uno de los órganos de dirección de las organizaciones de masas y de manera bilateral con el tribunal.
  • Fomentar la preparación y capacitación de cuadros, dirigentes de base, activistas y colaboradores, atendiendo a las prioridades de cada organización.
  •   Potenciar las posibilidades que ofrecen las Casas de Orientación a las Mujeres y las Familias, los Destacamentos Juveniles cederistas y las Patrullas Campesinas para fortalecer la labor de control, atención e influencia.

Para el trabajo en relación al empleo de los sancionados y su seguimiento y control en puestos y centros de trabajo (DMTSS, CTC, y ANAP):

  • Lograr mayor objetividad y variedad, siempre que sea posible, en las ofertas de empleo a sancionados en aquellos colectivos con mejores condiciones de disciplina, organización, ambiente laboral, político y social, donde se realice su recibimiento por las organizaciones sindicales, potenciando la ubicación en las formas más colectivas de producción o de prestación de servicios (esencialmente en las actividades de producción de alimentos o la construcción).
  • Planificar y ejecutar acciones de control y seguimiento sistemático a los sancionados ubicados laboralmente, y dejar constancia escrita de los principales aspectos controlados.
  •   Incidir de manera efectiva en la transformación integral de su conducta, mediante la evaluación de los órganos de dirección en el centro de los modos de realizar la tarea.
  • Favorecer la sindicalización de estos trabajadores, bajo el principio de la voluntariedad y en correspondencia con los reglamentos de la CTC.
  • Designar la persona responsable de atender de manera más directa al sancionado.
  •   Conciliar sistemáticamente la marcha del trabajo y de manera nominalizada de aquellos que presenten incidencias o aspectos pendientes.
  • Realización de talleres y de sistematización de buenas prácticas y experiencias positivas.
  • Fomentar la preparación y capacitación de directivos y cuadros, dirigentes de base, activistas y colaboradores, atendiendo a las prioridades de cada organización.

Para los grupos de prevención y atención social:

  • Participación del funcionario designado en el acto de la comparecencia inicial donde entrega la caracterización realizada previamente.
  • Contribuir al proceso de integración del sancionado, por la atención directa del trabajador social, el que actualiza la caracterización y diagnóstico de la situación social, familiar y laboral.
  • Evaluación periódica en los Grupos de Prevención a nivel de consejo popular de la caracterización realizada a los sancionados y proponer las acciones que cada organismo que lo integra debe realizar en pos de su reinserción social
  • Evaluar sistemáticamente el cumplimiento de la actividad.

“… La actividad de control, influencia y atención a personas que extinguen sanciones en libertad tiene un peso importante en los momentos actuales. Perseguimos el mejoramiento humano de alguien que tiene que saldar una deuda con la justicia. Hay que lograr incorporarla a la sociedad y no lo estamos logrando…

…La transformación social de las comunidades tiene que contribuir a la efectividad. Esas personas deberían incorporarse con otras obligaciones y compromisos.”

Proyecto de Acuerdos:

  •  Encargar a los Intendentes de conjunto con el Presidente del Tribunal Municipal, incrementar el control, seguimiento y atención al cumplimento de lo establecido para el tratamiento a los sancionados que cumplen sanción en libertad.        

              Responsables: Intendente y presidente del Tribunal Municipal.

              Fecha de cumplimiento: abril 2024.

  •  Realizar una evaluación de manera semestral en los CAM y los grupos de prevención del control y atención al personal que cumple sanción en libertad.

              Responsables: Intendente y Grupo de prevención Municipal.

              Fecha de cumplimiento: agosto 2024.

 

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