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Trámites del Registro de la Tierra   IMG 20190428 090803                  

1- Transmisión de Tierras y Bienes Agropecuarios o su Precio, por fallecimiento del Agricultor Pequeño.

  1. a) Escrito de promoción con sello timbrado por valor de $ 5.00 ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra.
  2. b) Certificado Oficial de defunción del causante.
  3. c) Certificado Oficial de matrimonio, formalizado o reconocido judicialmente de existir cónyuge sobreviviente.
  4. d) Certificado Oficial de nacimiento que acredite el grado de filiación de los presuntos herederos.

La representación por derecho propio, en el caso de ser letrada, debe acreditarse con el Contrato Oficial de Servicios Jurídicos y las No Letradas con un poder especial emitido ante notario público.

2- Recurso de Apelación.

  1. a) Recurso de Apelación con un sello timbrado por valor de $ 5.00, con copia según las partes ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra; y
  2. b) Copia de la Resolución que se combate.

3- Procedimiento de Revisión.

  1. a) Procedimiento de Revisión con un sello timbrado por valor de $ 5.00, con copia según las partes ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra; y
  2. b) Copia de la Resolución que se combate.

4- Permuta de Fincas Rústicas.

  1. a) Escrito de solicitud de las partes con sello timbrado por valor de $ 20.00 por cada una, ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra, con el consentimiento de los copropietarios en caso de existir.
  2. b) Documento firmado por las partes con la renuncia al cobro de la diferencia de valores entre las áreas en caso de existir; y
  3. c) Certificación de la calidad de suelos de las áreas objeto de permuta.
  4. d) Tasación de la Finca.

5- Compraventa de Finca Rústica.

  1. a) Escrito de solicitud del interesado con sello timbrado por valor de $ 5.00, ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra, con el consentimiento de los copropietarios en caso de existir; y
  2. b) Certificación de la calidad de suelos del área objeto de compraventa.
  3. d) Tasación de la Finca.

6- Solicitud de Entrega de Tierras Ociosas en Usufructo para Personas Jurídicas y Naturales.

  1. a) Escrito de solicitud del interesado con sello timbrado por valor de $ 5.00, además Modelo de Declaración Jurada que se confecciona en las direcciones municipales;
  2. b) Certificación sobre la cantidad de animales por categoría, para los tenedores de ganado mayor sin tierra, expedido por el Registro de Control Pecuario.

7- Pensiones por Compra Venta de Fincas Rústicas.

  1. a) Escrito de solicitud del interesado con sello timbrado por valor de $ 5.00, ante el Director Municipal del Centro Nacional de Control de la Tierra, con el consentimiento de los copropietarios en caso de existir.

 

Trámites del Registro de Tractores                                                                                                             IMG 0768

1- Venta de Tractores a favor de Personas Naturales.

  1. a) Resolución del Delegado o Director Provincial de la Agricultura, autorizando la venta del equipo. 
  2. b) Factura de compraventa expedida por la entidad autorizada para dicho acto.
  3. c) Sello timbrado por valor de $20.00;

2-Traspaso de tractores a favor de personas naturales por resolución del Delegado o Director Municipal de la Agricultura.

  1. e) Inspección técnica.
  2. d) Criterios del Presidente del Comité Provincial de la ANAP.

3- Alta o Nueva Inscripción de Personas Jurídicas.

  1. a) Declaración Jurada por cada equipo de la entidad donde consten los datos y la forma de adquisición;
  2. b) Sello timbrado por valor de $20.00 por cada equipo;
  3. c) Autorización del Delegado o Director Municipal de la Agricultura; e
  4. d) Inspección técnica.

4- Traspaso entre Personas Jurídicas.

  1. a) Autorización del Delegado o Director Municipal de la Agricultura;
  2. b) Factura de compraventa o documento oficial de entrega y recepción firmado por las partes;
  3. c) Sello timbrado por valor de $20.00; e
  4. d) Inspección técnica.
  5. e) Solicitud con el sello de $ 20.00.
  6. f) Certificación con el sello de $ 10.00 que acredita que quien reciba el tractor está inscrito en el  Registro de la Tierra como propietario, usufructuario, que área posee y si tiene o no otro tractor.
  7. g) Dictamen legal emitido por Director Municipal de Control de la Tierra.
  8. h) El Expediente del tractor.

5- Bajas.

  1. a) Solicitud del poseedor del equipo o del Registrador dirigido al Delegado o Director Municipal de la Agricultura con sello timbrado por valor de $10.00;
  2. b) Entrega de la Chapa y Licencia de Operación si la tuviere, en caso de pérdida de una o ambas, declaración jurada explicando esta situación; y
  3. c) Certificación de recepción de los restos del equipo entregado en el punto de desarme correspondiente y baja de medios básicos para las Personas jurídicas.
  4. d) Escrito del Delegado o Director Municipal de la Agricultura.

6- Cambio de Motor y Chasis.

  1. a) Factura de compraventa de la parte adquirida, emitida por la entidad facultada;
  2. b) Constancia oficial de entrega y recepción de la parte sustituida en el taller donde se efectúe el intercambio;
  3. c) Licencia de Operación;
  4. d) Sello timbrado por valor de $10.00 por el motor y por el chasis; e
  5. e) Inspección técnica.

7- Cambio de Chapa o Licencia de Operación por pérdida o deterioro.

  1. a) Entrega de la Licencia de Operación y Chapa con deterioro, en caso de pérdida, declaración jurada explicando esta situación;
  2. b) Sello timbrado por valor de $30.00 por cada una; e
  3. c) Inspección técnica.

8- Cambio de Domicilio, de Color y de Vinculación.

  1. a) Solicitud de desvinculación en el caso de cambio de domicilio dirigido al Delegado o Director Municipal de la Agricultura, según proceda;
  2. b) Licencia de Operación;
  3. c) Sello timbrado por valor de $20.00 por el cambio de vínculo y por $10.00 por cada uno de los demás trámites;
  4. d) Chapa solamente cuando el cambio es fuera de la provincia;
  5. e) Autorizo de desvinculación firmado por la autoridad facultada; e
  6. f) Inspección técnica.

9- Grabaciones de Números de Motor y de Chasis.

  1. a) Sello timbrado por valor de $10.00 por el motor y por el chasis.
  2. b) Inspección Técnica.

10- Inspección Técnica Anual.

  1. a)    Sello timbrado por valor de $10.00 por la inspección anual que se realiza al equipo.

 

TRAMITE DE CONTROL PECUARIO                                                                                   cebadero maibio 018

Declaración e Inscripción de Nacimientos de Ganado Mayor (Vacuno y Équido)

  1. a) Documento acreditativo de la propiedad de los animales causantes de los nacimientos a declarar (Certificado de Registro Pecuario).
  2. b) Sello del timbre por un valor de $5.00 por cada nacimiento a declarar de Ganado Mayor (Vacuno y Équido).
  3. c) Carné de identidad del propietario de los animales y del declarante cuando el mismo no sea el dueño de los animales.

Traslados de Animales (Vacunos y Équidos) entre Registros Pecuarios

  1. a) Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de traslado (Certificado de Registro Pecuario).
  2. b) Sello del timbre por un valor de $5.00 por cada animal a trasladar.
  3. c) Certificación del estado de salud de los animales objeto de traslado emitido por el Instituto de Medicina Veterinaria.
  4. d) Carné de identidad del propietario de los animales.

Compra - Venta entre privados (Vacuno y Équido)

Para poder realizar este trámite es requerimiento imprescindible la presencia de ambos contrayentes.

  1. a) Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de compra-venta (Certificado de Registro Pecuario).
  2. b) Sello del timbre por un valor de $5.00 por cada animal objeto de compra-venta cuando sea Ganado Vacuno y de $10.00 cuando sea Ganado Équido.
  3. c) Certificación del estado de salud de los animales objeto de compra-venta emitida por el Instituto de Medicina Veterinaria.
  4. d) Carné de identidad de ambos contrayentes.

Declaración de Muertes (Vacuno y Équido)

  1. a) Documento acreditativo de la propiedad de los animales que han causado muerte (Certificado de Registro Pecuario).
  2. b) Certificado de muerte emitido por el Instituto de Medicina Veterinaria.
  3. c) Carné de identidad del propietario de los animales y del declarante cuando el mismo no sea el dueño de los animales.

Declaración por Pérdida o Sustracción de Ganado Mayor (Vacuno y Équido)

  1. a) Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de la pérdida o extravío (Certificado de Registro Pecuario).
  2. b) Documento acreditativo de haber formulado la denuncia de la pérdida o extravío ante la PNR (Comprobante de la denuncia o tirilla).
  3. c) En caso que no conste el Comprobante de Denuncia el Jefe de la Entidad emitirá un documento explicando las causas que motivaron esta situación, el cual ocupará el lugar del Comprobante de Denuncia y que presentará ante el Registrador Pecuario, la cual será archivada.
  4. d) Carné de identidad del propietario de los animales y del declarante cuando el mismo no sea el dueño de los animales.

Inscripción como nuevo propietario

  1. a) Sello del timbre por un valor de $10.00.
  2. b) Certificado del Registro de la Tierra, de la cantidad de tierra en usufructo, así como el objeto social a la cual será dedicada.
  3. d) Carné de Identidad del nuevo propietario.

Obtención de Certificaciones sobre la Tenencia de Ganado Mayor (Vacuno y Équido)

  1. a) Documento acreditativo de la propiedad de los animales sobre la cual se quiere obtener la certificación.
  2. b) Sello del timbre por un valor de $10.00 por cada certificación solicitada.
  3. c) Carné de identidad del propietario y del solicitante cuando no sea el dueño de los animales.

Duplicados de Propiedad por Extravío o Deterioro ocasionado por el propietario.

  1. a) Sello del timbre por un valor de $10.00.
  2. b) Carné de identidad del propietario solicitante del duplicado.

Duplicados de los traslados de ganado mayor y compra-venta de ganado vacuno y équido.

  1. a) Sellos del timbre por un valor de $15.00 por cada animal.
  2. b) Carné de identidad del propietario solicitante del duplicado.

Sobre la autorización para sacrificio de ganado mayor.

  1. a) Los animales autorizados a sacrificar en los mataderos de urgencia, sólo se le dará baja ante el Registrador Pecuario cuando se presente copia debidamente certificados por un médico veterinario y registrado por el Instituto de Medicina Veterinaria.
  2. b) Los bueyes no aptos para la tracción animal y destinados al sacrificio serán debidamente certificados por personal veterinario autorizado presentando dicho certifico en el Registro Pecuario, única condición para darle baja por dicho concepto.
  3. c) Las hembras sólo podrán enviarse a sacrificio cuando no estén aptas para la reproducción, y serán debidamente certificados por personal veterinario autorizado y avalada por la Comisión de Reproducción.