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Horario de todas las unidades de la Dirección Municipal de Justicia.                 justicia4

Lunes a jueves- 8:00 am -12.00 pm y 1:00 pm - 6:00 pm                    

Viernes – 8:00 am - 12:00 pm y 1:00 pm - 5:00 pm

REGISTRO CIVIL:

Sito: Calle José Martí número 101, entre Massó y Donato Mármol.

Objeto Social: Inscripción de los hechos y actos relacionados con el Estado Civil de las personas.

  • Expedición de Certificaciones de nacimiento, defunción, matrimonio, divorcio, soltería, viudez, capacidad legal para contraer matrimonio y otras.
  • Cambio, adición, modificación o supresión de nombre y apellido.
  • Expediente de subsanación de error.
  • Autorización de menor para contraer matrimonio.
  • Expediente de inscripción fuera de término.
  • Actas de reconocimiento de paternidad y otras.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Sito: Calle Aguilera número 1, entre 26 de Julio y Flor Crombet.

  • Se inscriben los títulos y documentos siguientes:
  • Las disposiciones que declaren la nacionalización o confiscación de bienes a favor del Estado.
  • Las Resoluciones administrativas que declaren inmuebles como integrantes del patrimonio estatal.
  • Las copias de las Escrituras matrices en las que se transcriben Acuerdos del Consejo de Ministros o de su Comité Ejecutivo, que autoricen el aporte de un bien inmueble de propiedad estatal, a una asociación económica internacional.
  • Los contratos u otros actos jurídicos en virtud de lo que se transmita, a favor de otras personas naturales o jurídicas, la propiedad de un inmueble u otros derechos reales sobre estos, cuando están vinculados a negocios con participación de capital extranjero.
  • Los títulos otorgados al amparo de la Ley de Reforma Urbana, de 14 de octubre de 1960.
  • Las copias de documentos autorizados por Notario.
  • Las resoluciones judiciales que reconozcan derechos sobre bienes inmuebles.
  • Las actas de reparcelación para el ordenamiento jurídico, contable y catastral del patrimonio inmobiliario.
  • Los contratos de compraventa de viviendas suscritos con el Banco Popular de Ahorro.
  • Las certificaciones declarativas de viviendas vinculadas y medios básicos expedidas por la Direcciones Municipales de la Vivienda.
  • Las resoluciones administrativas que reconocen un derecho real sobre un bien inmueble.
  • Las certificaciones expedidas por el Registro de Tenencia de la Tierra que acrediten la propiedad sobre fincas rústicas, las viviendas y otros bienes inmuebles existente sobre aquellas.
  • Las resoluciones judiciales en las que se declare la incapacidad legal de una persona natural para administrar sus bienes.
  • Las certificaciones expedidas por las Direcciones Municipales de la Vivienda, para la inscripción de los edificios a favor del Estado.
  • Las actas de notoriedad, cuando proceda, en los casos de recuperación del tracto registral.
  • Las resoluciones administrativas que declaren el inmueble como integrante del patrimonio de la entidad, las que autorizan los cambios de uso, el traspaso a otra entidad estatal y los acuerdos que autorizan la transferencia a otra forma de propiedad.
  • Se inscriben además los derechos reales, actos y contratos como:
  • Las copias de las escrituras de constitución de hipotecas, autorizadas por el Decreto-Ley número 214, de 24 de noviembre de 2000.
  • El derecho de superficie.
  • El derecho perpetuo de superficie.
  • Los derechos y obligaciones de los titulares de inmuebles colindantes que aparezcan en los títulos de propiedad relativos al derecho de paso, de agua y medianería.
  • El derecho de usufructo.
  • El derecho de uso de azotea.
  • Los contratos de arrendamiento donde se acredite el interés para el desarrollo del país.
  • Los contratos de arrendamiento de viviendas de propiedad estatal.

NOTARÍA

Sito en Calle José Martí sin número,entre 17 y 19.

  • Se realizan escrituras de:
  1. 1. Donación o Compraventa de Viviendas.                       
  2. 2. Donación o compraventa de terrenos o solares yermos.
  3. 3. Donación o compraventa de vehículos u otros bienes.
  4. 4. Cesión de Uso de Azotea.
  5. 5. Liquidación de la Comunidad Matrimonial de Bienes.
  6. 6. Liquidación o Constitución de Condominio.
  7. 7. Cesión de participación en condominio en la comunidad matrimonial de bienes.
  8. 8. Descripción de obra nueva de personas naturales.
  9. 9. Descripción de obra nueva de personas jurídicas.
  10. 10. Ampliación, remodelación de edificaciones
  11. a) Para personas naturales
  12. b) Para personas jurídicas
  13. 11. División o Unificación de Viviendas
  14. 12. Segregación o refundición de Terrenos
  15. a) Para personas naturales
  16. b) Para personas jurídicas
  17. 13. Aceptación y adjudicación de herencias
  18. 14. Cesión de derechos hereditarios
  19. 15. Renuncia a la herencia
  20. 16. Préstamo
  21. 17. Permutas
  22. a) De terreno (se cobrará por c/u objeto de la permuta) b) De viviendas (se cobrará por c/u objeto de la permuta)                                              c) De vehículos (se cobrará por c/u objeto de la permuta)                                            
  23. 18. Constitución o liquidación de sociedades
  24. 19. Poderes
  25. a) General b) Especial
  26. 20. Por su revocación

En todos los casos si el Poder es otorgado por más de un poderdante se cobrará por c/u adicionalmente (con excepción de la comunidad matrimonial de bienes).

  1. 21. Matrimonios
  2. a) Por la formalización en la unidad notarial
  3. b) Por la formalización fuera de la unidad notarial
  4. c) Cuando se trate de matrimonios con extranjeros se cobrará

por la solicitud        

22.Autorización para contraer matrimonio de menores de edad 

23.Testamentos

  1. a) Por el testamento y/o su revocación
  2. b) Por cada legado u otras disposiciones

24.Divorcio  

25.Escritura de modificación de convenciones                                                          

26.Escritura de consentimiento                                                                                    

27.Otras escrituras 

  • Se realizan actas de:

1.Protestos de letras, pagaré o cualquier documento de crédito     

2.Subsanación de error u omisión         

3.Protocolización   

  1. a) Por cada hoja del documento que se protocoliza

4.Fe de existencia  

5.Notoriedad

6.Declaración Jurada        

7.Invitación  

8.Declaratoria de Herederos                

  1. a) Con representación letrada
  2. b) Por derecho propio

9.Acta de Requerimiento  

10.Acta de presencia        

11.Otros actos de jurisdicción voluntaria     

  1. a) por derecho propio
  2. b) con representación legal

12.Por otras actas  

  • Documentos Notariales no Protocolizables

13.Testimonio por exhibición de cualquier documento        

14.Por cada firma que se legitime en cada documento        

15.Por cada documento que se legalice          

16.Por cada libro que se habilite

17.Por la expedición de copias de documentos matrices (se cobrará por cada hoja o fracción de esta)                                              

  • Búsqueda y Exhibición de documentos:

Nota: En la Dirección Municipal de Justicia se presta, además, el servicio de solicitud de Antecedentes Penales y se cuenta con un punto de cobro de la Caja de Resarcimientos.